Artículo 4 Código Penal
Art.4 CP 1. Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. 2. En el caso de que un […]
Art.4 CP 1. Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. 2. En el caso de que un […]
Copyright © 2024 | Castell Abogados: Abogados penalistas Palma de Mallorca